¿Qué es a dependencia?
En materia de servicios sociales, la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (España) establece que la dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, necesitan la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Esta ley creó el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con el objetivo de garantizar la atención y los cuidados necesarios a quienes no pueden valerse por sí mismos. Los servicios sociales regulados por esta ley incluyen la ayuda a domicilio, centros de día y de noche, teleasistencia, atención residencial y programas de promoción de la autonomía personal, entre otros. En conjunto, la norma busca reconocer el derecho de las personas dependientes a recibir apoyo público que les permita mantener la mejor calidad de vida posible.
Tiene por objeto atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, alcanzar una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía.
Beneficiarios y ámbito de aplicación
Puede ser beneficiarios todas aquellas personas que cumplan los requisitos que establece Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
a) Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.
b) Para los menores de 3 años se estará a lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de mencionada ley.
c) Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
¿Cómo se tramita?
Los pasos a seguir en su tramitación y concesión de recursos son los siguientes:

- Solicitud del reconocimiento de la dependencia: Se registra oficialmente la solicitud ante la administración autonómica (en La Rioja, el Gobierno de La Rioja), con la información básica sobre la persona y su situación.
- Valoración: Una persona técnica designada visita el domicilio para valorar el grado de autonomía y las necesidades de apoyo según el baremo oficial de dependencia.
- Resolución del grado de dependencia: La administración emite una resolución oficial en la que se reconoce o se deniega la situación de dependencia, indicando el grado correspondiente (I, II o III).
- Elaboración del PIA (Programa Individual de Atención): Se diseña, junto con la persona y/o su familia, un plan que concreta qué recursos o prestaciones recibirá en función del grado reconocido y sus preferencias.
Documentación en la Solicitud
- Modelo de Solicitud
- Fotocopia del DNI
- Certificado de Volante Histórico de empadronamiento del ayuntamiento o unidad municipal en la que resida
- Informe del Sistema de RiojaSalud cumplimentado por el medico de atención primaria que le corresponda (médico de cabecera)
Cuando la solicitud se realice a través de representante legal deberá acompañarse copia de la resolución judicial de incapacitación o cualquier otra documentación acreditativa de dicha condición. En el supuesto de solicitantes extranjeros, deberá presentarse copia del permiso de residencia u otro documento que acredite la residencia legal en España durante 5 años, 2 inmediatamente anteriores a la solicitud.
¿Dónde se Tramita?
- Presencialmente
– Dirección General de Dependencia, Discapacidad y Mayores:
– Calle Villamediana N.º 17, Logroño, La Rioja
- Telemáticamente
– Tramite: Ayudas a Personas con discapacidad de La Rioja
Preguntas frecuentes
- ¿Qué significa estar en situación de dependencia?
Estar en situación de dependencia significa necesitar ayuda importante y continuada de otra persona para realizar actividades básicas de la vida diaria (como asearse, vestirse, comer o desplazarse)
- ¿Quién puede solicitar el reconocimiento de dependencia?
Cualquier persona que tenga dificultades importantes y permanentes para cuidar de sí misma, sea cual sea su edad, siempre que esté empadronada y resida de forma habitual en España.
- ¿Puedo revisar mi grado de dependencia si mi situación cambia?
Sí. Si la persona empeora o mejora, puede pedirse una revisión del grado presentando una nueva solicitud en los servicios sociales de base. -
¿Cuánto tiempo tarda el proceso?
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depende de la carga administrativa, pero suele tardar varios meses desde que se presenta la solicitud hasta que llega la resolución oficial con el grado de dependencia.
-
¿Qué pasa después de presentar la solicitud?
Una vez registrada, la administración envía a un/a profesional a valorar la situación en el domicilio. Con esa información, se determina si la persona tiene derecho a un grado de dependencia (I, II o III).
Normativa
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Decreto 45/2024, de 10 de diciembre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y el acceso a los servicios y prestaciones del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia.
Última actualización: 30/10/2025

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