Ayudas a personas con discapacidad
Ayudas individualizadas a personas afectadas de una discapacidad, para hacer frente a los gastos extraordinarios derivados de su discapacidad.
Tipos de ayudas
- Tratamientos – dirigida a menores de 6 años y por un periodo máximo de once meses.
- Las ayudas para atención temprana se concederán únicamente en tanto en cuanto se vaya desarrollando la red pública de centros y servicios de desarrollo infantil y atención temprana, y se extinguirán en el momento en que los beneficiarios de las ayudas pasen a ser usuarios de dichos centros y servicios.
- Movilidad y Comunicación – dirigidas exclusivamente a menores de 65 años.
- Ayudas técnicas: audífono, cama articulada, carro elevador, asiento elevador de bañera, grúa, colchón antiescaras, equipo informático (este último, para casos específicos en donde la persona tenga hipoacusia profunda o no pueda salir del domicilio
- Accesibilidad: adaptación de vehículo, plataforma furgoneta y anclaje furgoneta adaptada.
- Alojamientos – solo podrán concederse a personas que hubiesen sido beneficiarias de las mismas con anterioridad al 10/04/2014. No serán objeto de ayuda:
- Los internamientos en centros como consecuencia directa de enfermedades mentales o crónicas y, en general, aquellas situaciones en las que la persona con discapacidad precise atención sanitaria continuada.
- Los internamientos en centros residenciales para personas mayores, que se regirán por su propia normativa.
Beneficiarios
Las personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33% del porcentaje total de discapacidad. Así como los menores de seis años, afectados por un grado de discapacidad inferior al 33%, en aquellos casos en los que se justifique que, de no obtener el servicio, recibir el tratamiento o adquirir la ayuda técnica, pudiera producirse un deterioro, agravamiento o irrecuperabilidad de su discapacidad.
Del mismo modo:
- Las personas con discapacidad en el caso de que puedan representarse a sí mismas.
- Los padres o tutores legales de las personas con discapacidad.
- Los centros, los profesionales y los establecimientos comerciales que dispensen la ayuda concedida.
Requisitos
Para la concesión de estas ayudas se exigirá la concurrencia de los siguientes requisitos:
- Residir en la Comunidad Autónoma de La Rioja al menos con seis meses de antelación a la solicitud de la ayuda. No será exigida dicha residencia a quien este tutelado por el Gobierno de La Rioja.
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% del porcentaje total de discapacidad, o tener un porcentaje inferior en el caso de los beneficiarios menores de seis años. No obstante, se admitirán a trámite las solicitudes en las que se acredite haber solicitado el reconocimiento de grado con más de tres meses de antelación a la solicitud de la ayuda, quedando condicionada la resolución del expediente al dictamen que emita el Centro de Valoración de la Discapacidad y la Dependencia.
- Quedar acreditada la necesidad de la ayuda para reducir o colaborar a superar las limitaciones producidas por la discapacidad.
- En el caso de las ayudas para movilidad y comunicación, no haber sido beneficiario de una ayuda igual o análoga, destinada a la misma finalidad en los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda, o de cinco, si se trata de equipos informáticos.
- No disponer el solicitante o la unidad familiar de convivencia de rentas, en los términos establecidos en el artículo 6 de la Orden.
- No existir un recurso público que pueda satisfacer las necesidades objeto de la ayuda solicitada.
Documentación para la Solicitud
- Modelo de Solicitud
- Fotocopia del NIF/CIF del perceptor.
- Certificado o volante de empadronamiento que acredite la residencia en La Rioja durante los últimos seis meses, en el que incluya a todas las personas inscritas en la misma hoja patronal (no es necesario en el caso de ayudas de Alojamiento concedidas en años anteriores).
- Certificado del grado de discapacidad.
- Informe médico que acredite la necesidad de la ayuda solicitada (exclusivamente para ayudas técnicas, salvo equipos informáticos).
- Presupuesto o factura del servicio o ayuda solicitada, correspondiente al año de la solicitud.
- Ficha de datos bancarios del perceptor.
¿Dónde la tramito?
- Presencialmente
– Dirección General de Dependencia, Discapacidad y Mayores:
– Calle Villamediana N.º 17, Logroño, La Rioja
- Telemáticamente
– Tramite: Ayudas a Personas con discapacidad de La Rioja
Normativa
Orden 1/2005, de 4 de enero, por la que se regula la concesión de ayudas a personas con discapacidad.
Decreto 31/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba la Cartera de servicios y prestaciones del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
última actualización: 27/10/2025

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