Convocatoria
Concesión, en régimen de concesión directa, de las ayudas del programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, por el que se regula el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Obras para el fomento de la mejora de la accesibilidad, tanto en el medio urbano como en el rural:
- Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
- Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda.
- Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva
Deberán estar finalizadas antes de 2006, no obstante cuando los beneficiarios o residentes sean mayores de 65 años o se acredite que tienen alguna discapacidad reconocida mayor o igual al 33% la Dirección General podrá considerar subvencionables las actuaciones en viviendas con antigüedad igual o posterior al 2006.
Beneficiarios:
- Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila
- Propietarios o usufructuarios de viviendas incluidas en un edificio de tipología residencial de vivienda colectiva
- Propietarios o usufructuarios de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva
- Comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios
- Administraciones Públicas y organismos y demás entidades de derecho público propietarias de las viviendas
- Sociedades cooperativas de viviendas integradas por socios que precisen alojamiento para sí o sus familias
- Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios
- Arrendatarios cuando las obras no sean de obligada ejecución por la persona propietaria, adoptando el correspondiente acuerdo
Cuantía de las ayudas
- 12.500 € por vivienda para actuaciones a viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila
- 9.000 € por vivienda y 90 euros por metro cuadrado de superficie construida de local comercial para actuaciones correspondientes a edificios de vivienda de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda
- 6.000 € por vivienda para actuaciones en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva
- Estas ayudas se podrán incrementar hasta 15.000 € si reside una persona con discapacidad y hasta 18.000 € si ésta acredita un grado de discapacidad reconocido del 33%.
- El 60% del coste de la actuación, que podrá alcanzar el 80 % si en la vivienda o una de las personas que resida en el edificio es un apersona con discapacidad o mayor de 65 años.
- El coste de las actuaciones subvencionables podrá incluir los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa y tributos siempre que todos ellos estén debidamente justificados.
Plazo de presentación de solicitudes
- Comienza el 22 de octubre de 2022
- Finaliza el 1 de septiembre de 2025
Formularios
Solicitud de ayudas a edificios
Solicitud de ayuda a viviendas
Ficha de datos a terceros
Autorización para acceder a datos protegidos
Consentimiento notificación electrónica
Como tramitarlo
- De manera electrónica (Oficina electrónica, vivienda)
- De manera presencial, solo para propietarios únicos de viviendas, en la Oficina de Registro del órgano competente (Oficinas de registro)
Actuaciones subvencionables
- Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, automatismos para la apertura de puertas, así como cualquier medida de accesibilidad que facilite la autonomía y la vida independiente de personas con movilidad reducida.
- Instalación o dotación de productos de apoyo, tales como grúas, o sistemas tecnológicos de guiado que permitan la localización, acceso y uso a elementos comunes del edificio.
- Instalación de elementos de información, de comunicación o aviso.
- Instalación de productos de apoyo a la audición.
- Instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre viviendas y el exterior.
- Instalación de dispositivos de alarma en el ascensor.
- Instalación domótica y de otros avances tecnológicos.
- Cualquier intervención que facilite la accesibilidad universal. y mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el CTE DB-SUA.
Plazos de ejecución de las obras
- En viviendas, no podrá exceder de 12 meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda.
- En edificios de viviendas, no podrá exceder de 24 meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda.